¿Cómo funciona?: Afiliación obligatoria a seguridad social

Una de las principales ideas falsas que existen en materia del trabajo de aseo es sobre los contratos de trabajo informal. Es común encontrar gente que cree que los contratos verbales no tienen las mismas obligaciones que los de trabajo formal. Hogaru se preocupa mucho por la seguridad de sus trabajadores y por la tranquilidad de sus clientes en materia legal, por eso publicamos esta entrada. Uno de los primeros pasos que debes dar para conocer mejor cómo manejar a tus trabajadores de aseo es conocer por qué es indispensable afiliarlos a seguridad social.

Afiliación a seguridad social es obligatoria, punto

Cualquier empresa o persona que sostenga una relación de subordinación con un trabajador está obligado a afiliarlo a seguridad social. ¿Qué es una relación de subordinación? Aquella que establece una relación laboral donde una de las partes está en condición de darle órdenes a la otra. Es decir: si un trabajador debe pedir permiso para ausentarse de su puesto de trabajo, de sus tareas o realizar tareas específicas por mandato del empleador en un horario. Eso es lo que se considera una relación de subordinación. A pesar de que desde hace siglos esta relación es informal para la gran mayoría de colombianos, las circunstancias han cambiado.

Ya no valen las excusas de desconocimiento de la ley. Tampoco valen los argumentos sobre la informalidad del vínculo, como «es que no firmamos ningún papel». Si existe una relación donde uno de los dos es «patrón» y el otro «empleado», la afiliación a seguridad social es obligatoria. Y corre por cuenta del empleador, no del empleado.

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¿Qué pasa si no afilian a seguridad social?

Ya sabemos que este proceso es obligatorio. Pero como el cambio de la norma tarda tiempo en aplicarse, aquí algunas advertencias. Lo primero que debes saber es que todos los trabajadores que no fueron afiliados a seguridad social durante el tiempo de contrato tienen derecho a una indemnización. Esta indemnización se puede dar en cualquier momento después de terminar el contrato. Con un límite de tres años después de terminar la relación.

No solo esto. Ocurre que, según la ley 1010 de 2006, cuando la relación laboral es de subordinación, no afiliar a seguridad social puede constituirse como acoso laboral, en particular cuando no se tienen medidas de seguridad adecuadas. ¿Por qué? Porque la afiliación obligatoria a seguridad social es uno de los primeros requisitos para un trabajo digno y seguro. Esto puede agravar una denuncia por parte del empleador. Para ponerlo de otra forma: el riesgo y la protección en salud son indispensables para el desempeño de tareas. Por mínimo que sea el riesgo percibido en ellas.

El trabajador tiene derecho a demandar dos cosas: 1. las pensiones. Las pensiones se pueden exigir en cualquier momento y por todo el tiempo que se trabajó. Es un derecho que no se puede violar nunca. 2. gastos en salud. Si el trabajador tuvo que gastar de su dinero para cubrir costos médicos que el empleador no reconoció o pagó en su momento, puede demandar justamente (siempre y cuando tenga los soportes y pruebas). En otras palabras: si se dan cuenta de que el empleador ha faltado algún pago, tienen derecho a ir al fondo de pensiones para iniciar procesos legales.

Sabemos que estos temas de contratación son altamente complejos. Sabemos, también, que cualquier error (así sea bien intencionado) puede desencadenar en demandas, denuncias y problemas legales difíciles de resolver. Por eso Hogaru ofrece un servicio a prueba de estos problemas.

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