El próximo 20 de diciembre es el último plazo para el segundo pago de la prima de servicios de 2018. Según lo establecido en la Ley 1788 del 2016, todos los trabajadores del hogar tienen derecho a recibir la prima.
¿Qué es la prima de servicios?
La prima de servicios es una prestación social que le corresponde a todos los trabajadores como un reconocimiento por las utilidades obtenidas en la empresa. Debido a su naturaleza empresarial, en el pasado se excluía de este derecho a los trabajadores domésticos. Sin embargo, desde 2016 con la ley 1788 se reconoció la equidad laboral para los trabajadores domésticos y su derecho a recibir la prima de servicios.
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¿A quiénes se considera trabajadores del servicio doméstico?
Se considera como trabajador doméstico a toda persona natural que preste servicios en hogares desempeñando tareas como: aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños, jardinería, conductor de familia y demás labores propias del hogar.
¿Quiénes están obligados a pagar la prima de servicios?
De acuerdo con la normatividad vigente, todas las personas y empresas que tengan empleados a su servicio están obligados a hacer el pago de la prima de servicios. En caso de no hacerlo podrán recibir multas o sanciones derivadas por su incumplimiento.
¿Debo pagar la prima a mi empleada doméstica aunque trabaje por días?
Sí. El pago de la prima es un derecho para todos los trabajadores domésticos sin distinción alguna de su jornada laboral, bien sea de solo 1, 2, o 3 días a la semana. El valor a pagar se calcula en proporción al tiempo laborado.
¿Cuánto le debo pagar a mi empleado por la prima?
Para un empleado de tiempo completo la prima de servicios equivale a un salario mensual por cada año laborado. En caso de que el empleado lleve menos de un año laborando, o si se trata de un empleado que trabaja por días, el pago será proporcional al tiempo trabajado. Recuerda que el pago de la prima se le debe hacer directamente al trabajador.
¿Cuándo le debo pagar la prima a mi empleado?
El pago de la prima se realiza en dos cuotas anuales. El primer pago de la prima se causa por lo laborado entre el 1 de enero y el 30 de junio y se debe pagar antes del 30 de junio. El segundo pago corresponde a lo laborado entre el 1 de julio y el 31 de diciembre y debe pagarse antes del 20 de diciembre.
¿Cuál es la multa por el incumplimiento en el pago de la prima de servicios?
Los empleadores que incumplan con el pago oportuno de la prima de servicios a sus trabajadores deberán pagarles una indemnización. Según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el contratante deberá asumir una indemnización correspondiente a un día de salario por cada día de retraso en el pago de la prima. Es decir, si te retrasas un año y le pagas $50.000 diarios a tu empleada, en un año la multa ascendería a $18.250.000. Ten en cuenta que las empleadas son cada vez más conscientes de sus derechos y pueden denunciar ante el Ministerio del Trabajo a quienes incumplan con los pagos que exige la ley llamando a la línea 120.
¿Cómo puedo calcular el valor de la prima de mi empleada doméstica?
La fórmula para calcular el valor de la prima es la siguiente:
PRIMA = Salario mensual (incluyendo auxilio de transporte) x días laborados en el semestre / 360
El resultado de esta operación será el valor a pagar por concepto de la prima de servicios del semestre.
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