Mitos de la formalización laboral

 

El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.  Antes de establecer un vínculo laboral con cualquier trabajador doméstico, es importante que como empleador conozcas todos los derechos y deberes que rigen la relación laboral. Para el caso del servicio doméstico existen muchas falsas creencias que han ocasionado que muchos hogares y oficinas en Colombia hayan tenido que pagar millonarias sanciones e indemnizaciones a sus empleadas domésticas.

Es muy importante que, como empleador, estés bien informado y que eduques a tus empleados en temas laborales. En la mayoría de los casos, los trabajadores domésticos no conocen los beneficios del trabajo formal y convencen a sus empleadores de mantener la relación laboral en la informalidad, lo que representa un grave riesgo para ambas partes.

Te invitamos a que conozcas los mitos de la formalización laboral:

Tengo una empleada doméstica y quiero formalizar la relación laboral pero ella no quiere. Por eso, NO tengo que hacerlo. ¿Es cierto?

Si no cumples con tus deberes como empleador y tu trabajador te demanda un día, no podrás excusarte. En Colombia los empleadores están obligados por ley a tratar a cualquier trabajador doméstico con las mismas consideraciones laborales que tiene un trabajador de empresa u organización. Entre ellos:

  • Afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social.
  • Prestaciones sociales:  cesantías, intereses de cesantías, vacaciones.
  • Dotación: calzado y vestido de labor adecuado para realizar su trabajo. Se debe suministrar tres veces al año.
  • Una remuneración no menor al salario mínimo legal vigente que para el 2019 quedó en $828.116 más el subsidio de transporte $97.032; para un total de $925.148 mensual. Esta remuneración puede ser proporcional al tiempo laborado. Adicionalmente se deben pagar horas extras y recargo nocturno cuando estos se causen.
  • Jornada de trabajo no superior a 8 horas. Si es un trabajo interno ésta no puede superar las 10 horas.

 

Mi trabajadora doméstica dice que si la formalizo pierde los beneficios que recibe del Sisbén y de otros programas sociales del estado ¿Es cierto?

NO. La formalización laboral, a través de la afiliación al Sistema General de Seguridad Social Integral (EPS, ARL, Fondo de Pensiones, Caja de Compensación), NO afecta el acceso a los programas de asistencia social de tu empleada. Todo lo contrario, ¡tu empleada y su familia podrán gozar de muchos más beneficios!

Si tienes una empleada de tiempo completo, puedes afiliarla a una EPS en régimen contributivo de salud y conservará su cupo en el régimen subsidiado de salud del Sisbén durante un año. Es importante entender que si una persona consigue un trabajo permanente y estable, está en capacidad de liberar su cupo el régimen subsidiado de salud para que alguien que lo necesite pueda ocuparlo. En caso de que tu trabajador pierda su empleo durante el año de periodo de gracia, podrá continuar en el régimen subsidiado de salud sin volver a tramitar su calificación en el Sisbén. Si termina la relación laboral, después de un año podrá volver a tramitar su calificación en el Sisbén para ser admitido en el régimen subsidiado de salud.

 

Mi empleada es beneficiaria del Sisbén. Por eso, NO estoy en la obligación de afiliarla a Seguridad Social ¿Es cierto?

Esta creencia tiene gravísimas implicaciones para quienes piensan erróneamente que cuando un empleado es beneficiario del Sisbén ya tiene Seguridad Social.  El Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, más conocido por su sigla Sisbén, es una encuesta que a través de un puntaje clasifica a la población de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas e identifica a los individuos más pobres y vulnerables como potenciales beneficiarios de programas sociales del estado, entre los que se encuentra la afiliación al régimen subsidiado de salud.

El régimen subsidiado de salud solo cubre los servicios de salud de atención básica y NO cubre accidentes y enfermedades laborales. Por lo tanto, es deber del empleador afiliar a su trabajador a todas las entidades que conforman en Sistema Integral de Seguridad Social.

 

Conoce más sobre el régimen subsidiado de salud AQUÍ        

 

 

Mi empleada doméstica solo desempeña labores de limpieza en mi hogar. Por eso, NO debo afiliarla a ARL ¿Es cierto?

NO. Todos estamos continuamente expuestos a riesgos y accidentes. Tu empleada doméstica NO es la excepción. Por el contrario, al manipular productos de limpieza, cocinar, planchar o incluso al trapear está expuesta a riesgos laborales que pueden perjudicar seriamente su salud y tus finanzas. Ten muy presente que, por ley, todo lo que le ocurra a tu empleada en el lugar de trabajo es tu responsabilidad.

Afiliando a tu empleada a una ARL, la proteges ante cualquier enfermedad o accidente laboral y evitas posibles problemas legales y gastos imprevistos. En caso de que tu trabajadora sufra un accidente en el lugar de trabajo y no la tengas afiliada a una ARL, serás tú como empleador quien deba asumir los todos los gastos médicos, pagar la incapacidad de tu empleada y las indemnizaciones o multas que correspondan.

 

 

Mi empleada trabaja por días en diferentes hogares. Entonces NO tengo que afiliarla a salud, pensión, riesgos profesionales y caja de compensación familiar. ¿Es cierto?

Si trabaja por días en diferentes hogares, se mantiene la obligación de cada uno de sus empleadores de afiliarla a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y caja de compensación. En este caso, no es necesario que se afilie al régimen contributivo de salud, sino que se mantendrá en el régimen subsidiado. De acuerdo con el decreto 2616 de 2013 cada empleador pagará los aportes en proporción a los días trabajados.

 

 

Mi empleada doméstica NO quiere que la afilie a pensión porque según ella en Colombia nadie se pensiona y si ella no quiere, no debo afiliarla. ¿Es cierto?

Los aportes al sistema de pensiones son una inversión para el futuro.  Al afiliar a tu empleada y al hacer mensualmente el pago de aportes al sistema de pensiones, la estás protegiendo para que cuando llegue a la vejez y ya no esté en condiciones de trabajar pueda acceder a una pensión o a un ahorro en caso de que no haya cotizado las semanas que exige la ley. Además, tú quedas protegido ante posibles demandas por “pensión sanción”. Estas demandas son interpuestas por empleadas domésticas informales que al llegar a la tercera edad reclaman el derecho de pensión a sus empleadores al no tener ingresos con qué subsistir.

Recientemente este tipo de demandas se han incrementado y es muy importante tener en cuenta que la Corte siempre ha fallado a favor de los empleados ya que existe una legislación que normatiza la contratación de trabajadores domésticos. Los empleadores que incumplan esta normatividad son sancionados y la justicia podría obligarlos a responder incluso con su propio patrimonio.

 

 

Ex-empleadora deberá pagar millonaria “pensión sanción” a su antigua empleada doméstica

 

 

Mi empleada trabaja por días. Le pago un salario integral de $50.000 al día y esto ya incluye todas las prestaciones de ley y la seguridad social. ¿Es legal este salario?

Ese ingreso no es ningún “salario integral”. El salario integral vale como mínimo trece salarios mínimos legales vigentes. Para el 2019 el salario integral equivale a $10.765.508.  El día de salario integral vale $358.850. Por lo tanto, un pago de $50.000 NO corresponde a un salario integral.

 

Quiero formalizar a mi empleada pero ella NO quiere porque dice que recibirá menos dinero ¿es cierto?

Eso depende de ti. Una cosa es el salario que le pagas y otra cosa son las afiliaciones y los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral. El salario de tu empleada NO puede ser inferior al salario mínimo y los aportes a seguridad social son proporcionales al tiempo trabajado. Aunque tu empleada no reciba directamente el dinero de los aportes a seguridad social, ella y su familia podrán disfrutar de todos los beneficios en: salud, pensión, riesgos laborales subsidios y caja de compensación familiar. El pago de los aportes no es un gasto: es una inversión para proteger a tu empleada y un seguro para protegerte a ti como empleador contra problemas legales y gastos imprevistos.

 

Las multas, sanciones e indemnizaciones por NO formalizar a las empleadas domésticas son un mito. No tengo ninguna obligación de formalizar a mi empleada doméstica. ¿Es cierto?

NO. Las multas, sanciones e indemnizaciones NO son un mito. El 21 de diciembre de 2012 el Congreso de la República por medio de la Ley 1595 aprobó el “Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos” adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, en la 100ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo el 16 de junio de 2011.

Con la ratificación de este convenio, en Colombia se han adoptado las medidas legislativas necesarias para garantizar la equidad de derechos laborales de los trabajadores domésticos. Por eso, a la luz de la ley: la formalización laboral NO es una opción, es una obligación que está normatizada dentro de la legislación colombiana, y quienes la incumplan serán sancionados.

 

Conoce la legislación para los trabajadores domésticos en Colombia AQUÍ

 

Quiero formalizar a mi empleada doméstica. Tengo entendido que es un proceso complejo que requiere de la asesoría de abogados y contadores. ¿Es cierto?

SÍ. Es recomendable asesorarse de expertos en temas de derecho laboral y contables para hacer correctamente las afiliaciones, los aportes a seguridad social, los cálculos de pago de prestaciones sociales y la liquidación de contrato laboral según lo que determina la ley. Recuerda que, en derecho laboral quien paga mal paga dos veces.

Por eso, si quieres formalizar tu relación laboral y tener el respaldo de todo el equipo legal y contable de una empresa experta en contratación y gestión de empleados domésticos, prueba Apporta y olvídate de las costosas asesorías con abogados y contadores.

 

Quiero afiliar a mi empleada doméstica al sistema de seguridad social. Tengo entendido que hay que gastar mucho tiempo haciendo filas en distintas entidades, diligenciando formularios y calculando la liquidación de los pagos y aportes mensuales de seguridad y prestaciones sociales. ¿Es cierto?

. Para hacer las afiliaciones, en la mayoría de los casos es necesario dirigirse personalmente a las diferentes entidades (EPS, Fondo de Pensiones, Caja de compensación familiar), diligenciar los formularios correspondientes del empleador y del empleado, hacer las filas para radicar los documentos y esperar por la respuesta de la entidad para continuar con el trámite.

Si no quieres perder tu tiempo haciendo todos estos trámites para afiliar a tu empleado y además quieres desentenderte de todos los cálculos y pagos de aportes mensuales a Seguridad social y liquidación de prestaciones sociales, Apporta es la solución para ti.

Apporta es un nuevo servicio de Hogaru que se encarga de todos los trámites de afiliación a seguridad social de cualquier trabajador doméstico, y gestiona mensualmente todos los pagos correspondientes a nómina, aportes a seguridad social y prestaciones sociales de acuerdo con lo que establece la ley. Prueba Apporta y ¡disfruta de la tranquilidad de hacer las cosas bien!

 

 

 

 

2 comentarios en «Mitos de la formalización laboral»

  1. Hola buenos días. Quiero afiliar a mi empleada domestica a la seguridad social. Ella trbaja dos veces a la semana, con sueldo diario de $ 44.000. es beneficiaria en salud de su esposo, en salud total. por favor me cotiza el valor del paquete completo. Gracias

    Responder

Deja un comentario